Incorporación de las Indias a la corona

La Incorporación de las indias a la corona castellana.

Por Andrés Sáez Geoffroy

LA INCORPORACIÓN DE LAS INDIAS EN LA MONARQUÍA ESPAÑOLA.


1.- Portugal y Castilla: Cuando los turcos otomanos habían ocupado las rutas de aprovisionamiento de especies y telas, supuso el inicio de la búsqueda nuevas de rutas comerciales para poder reaprovisionarse se estos productos, a estos en se dedicaron con gran ahínco Portugueses e Italianos, siendo los primeros los grandes promotores de estas expediciones de búsqueda de rutas comerciales sobre todo con Enrique el navegante que abrirá en Sagres una escuela de estudios náuticos. Castilla Al ver esta acción portuguesa igual tomo la iniciativa accediendo ala conquista de las Islas Canarias donde ganara experiencia para sus ulteriores expediciones así mismo la conquista de Ceuta y su pasado árabe – visigodo le daba -según los juristas – derecho a la conquista del continente africano. El acercamiento a la Canarias comienza en los siglos XIV y XV por medio de expediciones de salteo, legitimadas por que lo indígenas no eran cristianos sino “salvajes”, a su vez para su poblamiento se dan señoríos, pero los reyes católicos dándose cuenta que esto va en menoscabo de su soberanía firman capitulaciones, por esto mismo Colón a la hora de venir a América firma una capitulación donde se le dan cargos y las obligaciones sobre un territorio hasta entonces no conocidos esto proviene de las concesiones que los papas habían realizado con los monarcas portugueses dándoles lugares de colonización. Sin embargo entre monarcas hispanos y portugueses se dirimió el asunto de los límites con Alcacovas de Toledo donde los reyes católicos renunciaban a las islas Azores, Madeiras y el monarca portugués renunciaba a las Canarias y su pretensión al trono Castellano, este tratado fue sancionado por la bula Aeterni Regis.


2.- Bulas alejandrinas: Por el punto anterior fue cuando comenzaron las bulas de donación papales, teniendo como fin igualar los derechos de portugueses y castellanos.

a) Bula primera Intercaetera: Data de 1493 y reconocía el esfuerzo castellano de su unificación en España y reconocía el envió de Colón a América, solicitando en papa que no se abandone el esfuerzo de la evangelización, concediendo de hecho los territorios descubiertos igualmente promete la excomunión de quienes sin licencia de los reyes y sus sucesores se internen en América.

b) Eximiae Devotionis: Data igualmente de 1491 y tenia como fin reafirmar para los portugueses el dominio de África así como a los españoles se les había reafirmado el dominio de sus nuevos descubrimientos.

c) La segunda Intercaetera: Un vez equiparados portugueses y castellanos da una división para que los castellanos 100 leguas al oeste de las Cabo Verde y Azores puedan descubrir y posee aquellas tierras y los portugueses quedan con el dominio del este. De esta manera se equiparan castellanos y portugueses, aunque con diferencias a los castellanos se les da la obligación de evangelizar cosa que a los portugueses no respecto a los africanos, esta Bula tenia como fin impedir expediciones portuguesas en las nuevas tierras castellanas por lo mismo entre Portugal y Castilla se llegó a una nueva línea de demarcación en el mismo punto de las Azores y Cabo Verde pero la línea ya no seria de 100 Leguas al Oeste si no de 370 Leguas al Oeste, este tratado se llamó de Tordesillas firmado en 1494 y fue sancionado por la Bula Papal Ea Quae en 1506.

3.-La Incorporación de las indias a la corona Castellana: Las Indias era patrimonio de la corona castellana, al morir en 1504 Isabel la Católica legó a Fernando el católico la mitad de las rentas de las Indias, solo recién cuando en 1516 muere Fernando y deja por medio de testamento como sucesora universal a Juana la Loca los reyes posteriores como Carlos I, juraran y darán fe que las indias son parte de la corona real.

4.-Calidad Jurídica de las Indias frente a la corona Castellana

Cuando se incluye a la corona las indias, estas no ingresan con menos calidad jurídica pues son terrenos de la corona, la corona es algo supraestatal en ella se agrupan reinos como Navarra, Castilla, Aragón, por lo mismo ninguna disposición no podía ser aplicada en América sin la firma del consejo de Indias, por lo mismo los reyes españoles serán coronados como reyes de España e Indias y en las monedas tendrán la inscripción: Hispanarium et Indiarum Rex.

5.-El Problema de los Justos Títulos:

Se da este nombre debido al la pugna que surgió doctrinalmente respecto al legitimo dominio de Castilla en las Indias.

a) La Homilía de Fray Antón de Montesinos: El problema comenzó con el sermón de este Fraile Dominico en 1511 donde denunciaba el abuso que hacían los españoles de indígenas y que estaban violando la misión por la cual les habían dado estas tierras que eran la evangelización.

b) La junta de Burgos: Por medio de una Carta de Diego Colón en 1512 se enteró el rey de este sermón y para solucionar el problema convocó a un consejo de Teólogos y juristas donde estaba Montesinos, fray Tomás Duran. Juan López de Palacios Rubios, Juan Rodríguez de Fonseca. La junta recibió ese nombre por reunirse en la ciudad de Burgos en 1512 dando origen a un cuerpo legal que tienda a darle la libertad la indígena dentro de la corona española y asegurar con su consentimiento la evangelización por lo que se creo el llamado requerimiento de Palacios Rubios el cual se debía leer frente los indígenas a los cuales se les debía dar un tiempo de deliberación si aceptaban esta “dominación” debían aceptar que vinieran frailes para evangelizarlos de lo contrario seria dominados por la fuerza, resulta difícil creer que los indígenas comprendieran a pesar de leerse en su lengua este documento las intenciones que traía.

c) Títulos Basados en el derecho común: En un mundo que cada vez se volvía mas laico y a su vez donde las exploraciones generaban nuevos espacios para la colonización, los juristas de la época condicionados por el derecho común presentaron fundamentaciones para las conquistas, generando títulos como el de la ocupación o invención es decir el que descubre algo donde no ha llegado otro ya que los indios no pueden ser propietarios por sus delitos contra natura por lo cual habrían perdidos sus tierras; igualmente se esgrimió los antiguos derecho de los emperadores romanos al ser nombrado Carlos V emperador del sacro imperio romano germánico en conjunto con ser rey de España, esto de le daba poder para ser señor de todo el orbe; Otros postulan la idea que a los españoles tiene derecho por cuestiones divina ya que los españoles expulsaron a los musulmanes de España y finalmente otros que concurrieron a los clásicos griegos invocando la idea de Aristóteles donde los hombre menos desarrollados –indígenas- estaban por debajo de los españoles.

d) Vitoria y los justos títulos: Vitoria reformuló la cuestión de los justos títulos cambiando su connotación papal por una mas jurista para esto dío una serie de preceptos:

Ø El primero dice que los bienes son escasos para el mundo, por eso nadie puede impedir ni pisotear el derecho de otros a buscarlos, siempre y cuando no se comentan atropellos.

Ø El segundo es que todos los cristianos tienen derecho a la libre predicación del evangelio y a anunciarlo en las provincias de los bárbaros, a pesar de que todos puedan propagar el evangelio el papa como rector de la iglesia puede determinar a quienes compete en ciertas regiones esta misión-

Ø El tercero en el cual los españoles deben hacerse cargo de los convertidos sobre todo cuando se trata de indígenas a los cuales se les debe proteger contra los demás indios incivilizados.

Ø El cuarto es la asignación que hace el papa de los indios convertido a cierto monarca.

Ø El quinto se trata en que los españoles pueden actuar si el rey indígena es un tirano y caníbal y para esta razón no hay necesidad de permiso papal.

Ø El sexto es cuando los indígenas deciden ser vasallos de un rey cristianos, s esto ocurre el rey tiene la obligación de cobijarlos.

Ø El Séptimo punto es cuando los cristianos tienen como aliados un indígena si este hace guerra justa contra otros indígenas el español como aliados puede intervenir

Ø El octavo y que Vitoria lo coloca todavía en duda es el derecho de que los reyes tienen de controlar a los indígenas en caso que estos sean amentes es decir sin inteligencia.

e) Solución de los justos títulos: Se produjo bajo el gobierno de Felipe II con las ordenanzas sobre nuevos descubrimientos y poblaciones de 1573 donde distingue entre territorios ya ocupados y territorios no ocupados, en los primeros la autoridad proviene de la sumisión voluntaria si esta no existe la conquista es una especie de protectorado, en el caso de territorios no ocupados las bulas dan acceso al territorio no a los indígenas estos pasan a ser parte de la corona cuando se someten voluntariamente.

Conclusiones

Tras el descubrimiento de América, como tal, y luego de la incorporación de estos “nuevos” territorios a la corona, los hispanos se ven en la tarea de buscar los medios para adecuarse a esta nueva realidad de los habitantes de los territorios descubiertos, la corona desde un primer momento toma como ejes a seguir la institución de vida jurídica (reglamentos), y, por supuesto, convertir a los nativos a la fe católica. Surge a su vez como factor en contra del indígena la encomienda.

1. El problema de la esclavitud y de la libertad de los aborígenes. En 1500 se condenaron las actitudes esclavistas desplegadas por Colón y se declaro que los indios debían ser considerados, jurídicamente, como vasallos libres de la corona de Castilla. Se admitió la escolarización a indios cautivos “por guerras” por algún tiempo: solo los indios del caribe fueron esclavos al igual que los araucanos y los rebeldes a la dominación española.

2. Repartimiento de Indios y encomiendas; tras la designación de vasallos de la corona que se le da a los indios, no fueron esclavizados, pero su libertad fue condicionada en el orden doctrinal, necesitaban de tutela o protección legal, se crea la institución de la encomienda y los repartimientos como forma de regular el trabajo.

3. Con una serie de prácticas y maniobras legales la corona se aseguro el dominio de América.

No comments yet

Deja un comentario